¿Qué cambios prácticos se producen en el seguro de crédito a la exportación con la entrada en vigor de la Ley 15.359/26?

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Un breve análisis de los principales mecanismos para incentivar las exportaciones brasileñas desde la perspectiva de las aseguradoras de crédito.

 

El 25 de marzo de 2026 se promulgó la Ley 15.359/26, que, ampliamente aclamada por el mercado de seguros de crédito, promete impulsar las exportaciones brasileñas.

Este breve texto pretende resumir, desde la perspectiva de las compañías de seguros de crédito, qué ha cambiado y por qué estos cambios pueden representar un momento decisivo en cuanto a la incentivación de las exportaciones brasileñas, especialmente en un escenario de altos aranceles estadounidenses, guerras comerciales entre las principales potencias y guerras en aumento.

El primer aspecto que nos parece de suma importancia es el cambio en la normativa relativa al FGCE, o Fondo de Garantía para las Operaciones de Comercio Exterior.

Hasta la publicación del reglamento que creó el FGCE (cuya existencia, cabe señalar, aún no se ha materializado en la práctica), el fondo destinado a fomentar las exportaciones era el FCE – Fondo de Garantía de Exportaciones.

El objetivo de la FGE es garantizar las operaciones de seguro de crédito a la exportación cubiertas por el Gobierno Federal, que abarcan los riesgos financieros y políticos.

El principal obstáculo para el FGE, que incluso llevó a la creación del FGCE, es el hecho de que representa un fondo estrictamente público y, por lo tanto, vinculado a la Unión y, como tal, altamente dependiente del Presupuesto Federal, lo que, en términos prácticos, significaba mayor burocracia y retrasos en el pago de compensaciones al exportador.

Con el cambio en la normativa relativa a la FGCE, se creó un fondo jurídico privado , invertido principalmente por financiadores privados, con activos propios y con una responsabilidad muy limitada por parte de la Unión.

Por lo tanto, se cree que FGCE compensará al exportador mucho más rápidamente en comparación con FGE.

Otro aspecto esencial de la ley es la inclusión de las aseguradoras y entidades financieras privadas como potenciales operadores del sistema de exportación.

En este sentido, el artículo 2 de la ley establece que ” los financiadores y aseguradores privados podrán ser calificados como operadores de formas indirectas de apoyo oficial al crédito a la exportación , con el fin de promover la participación del mercado privado en la provisión de soluciones de financiamiento e instrumentos de garantía para las operaciones de exportación “.

La forma, los plazos, los procesos, las condiciones y los límites relativos a las actuaciones de las compañías de seguros y los financiadores privados no están claros en la ley, que, en su artículo 3, remite este detalle a futuras regulaciones.

En cualquier caso, es indudable que esto abre la posibilidad de que las aseguradoras de crédito desempeñen un papel aún mayor en la promoción de las exportaciones brasileñas, lo que indica que el mercado de seguros de crédito a la exportación tiene un excelente potencial de crecimiento en los próximos años, dependiendo de la implementación de dichas regulaciones.

Aquí hay un auténtico océano azul de oportunidades.

Pero eso no es todo. El segundo aspecto de gran relevancia de la legislación es la creación de un portal único a través del cual los exportadores pueden solicitar ayudas a la exportación.

El uso de un portal unificado permitirá a los distintos actores del mercado de seguros de crédito a la exportación evaluar cómo se prestará el apoyo, lo que no solo garantizará una competencia más sana entre los diversos operadores del mercado, sino que también garantizará la transparencia y la objetividad en las operaciones.

En este sentido, la legislación es incluso prolija:

 Artículo 4.  Los exportadores y demás agentes de exportación , así como los operadores de programas oficiales de apoyo al crédito a la exportación, dispondrán de un portal único para solicitar apoyo oficial tanto en modalidad directa como indirecta , accesible a través de Internet.

§ 1 El portal único debe permitir el procesamiento paralelo de la misma solicitud entre diferentes operadores de modalidades oficiales de apoyo a la exportación, beneficiándose todas las partes de los documentos presentados por el exportador o agente de exportación .

§ 2. Los operadores de programas oficiales de apoyo al crédito a la exportación deberán procurar proporcionar mecanismos alternativos de resolución de controversias, incluidos la mediación, la conciliación y el arbitraje, en las transacciones realizadas con exportadores y otros agentes de exportación.

§ 3 El portal único para solicitar apoyo oficial al crédito a la exportación debe garantizar que los exportadores y otros agentes de exportación tengan acceso a:

– Transparencia respecto a las condiciones financieras de cada transacción y las metodologías respectivas para el cálculo de los cargos;

II – claridad en cuanto al procesamiento de las solicitudes , los resultados de los análisis y los indicadores de desempeño de cada operador.

 

Esto significa que las compañías de seguros contarán con un entorno transparente para estructurar sus operaciones en colaboración con otros actores del mercado y, por supuesto, estarán en igualdad de condiciones en cuanto a la simetría de la información relativa a las posibles exportaciones. Esto no solo fomenta un entorno competitivo saludable, sino que también permite a los exportadores acceder a las mejores condiciones de exportación.

Obviamente, todos estos mecanismos, en sí mismos , ya representan un progreso en el fomento de las exportaciones y, más aún, un incentivo para que las aseguradoras de crédito amplíen su penetración en el uso de productos de seguro de crédito a la exportación.

Por otro lado, contar con un portal único también garantiza que las empresas que antes no tenían acceso a instrumentos de seguro de crédito a la exportación puedan finalmente conocerlos, lo que representa además una difusión del producto a las microempresas, pequeñas y medianas empresas.

Esperamos con gran interés este “cambio” en el producto de seguro de crédito a la exportación, ya que creemos que es una herramienta poderosa para estimular la economía brasileña.